La Organización Mundial de la
Salud (OMS) define la eutanasia como aquella "acción del médico que
provoca deliberadamente la muerte del paciente".
Esta definición resalta la intención del acto médico, es
decir, el querer provocar voluntariamente la muerte del otro. La eutanasia se
puede realizar por acción directa: proporcionando una inyección letal al
enfermo, o por acción indirecta: no proporcionando el soporte básico para la
supervivencia del mismo. En ambos casos, la finalidad es la misma: acabar con
una vida enferma.
Esta acción sobre el enfermo, con intención de quitarle la
vida, se llamaba, se llama y debería seguir llamándose homicidio. La
información y conocimiento del paciente sobre su enfermedad y su demanda libre
y voluntaria de poner fin a su vida, el llamado suicidio asistido, no modifica
que sea un homicidio, ya que lo que se propone entra en grave conflicto con los
principios rectores del Derecho y de la Medicina hasta nuestros días.
Información recopilada el día 24 de febrero de 2015 en Tijuana, B.C., Sitio Web: http://www.aceb.org/Eutanasia/que.html
El primer concepto llamado eutanasia, es una palabra que
deriva de sus raíces griegas que significan “el bien morir” (eu=bueno, Thanatos=muerte) y la cual se ha definido
como “la conducta intencionalmente dirigida a terminar con la vida de una
persona que tiene una enfermedad grave e irreversible, por compasión o por
razones médicas”; es decir, que un profesional de la salud ayuda a un paciente
a morir cuando su cuerpo ya no responde al tratamiento o cuando la enfermedad
está tan avanzada que ya no tiene posibilidad de salir adelante.
Siguiendo este mismo punto, el estudio de la Ética al final
de la vida ha evolucionado, y ahora se habla de otros dos conceptos: la
“ortotanasia” y la “distanasia”.
La ortotanasia se refiere a permitir que la muerte ocurra
“en su tiempo cierto”, “cuando deba de ocurrir”, por lo tanto los profesionales
de la salud están capacitados para otorgar al paciente todos los cuidados y
tratamientos para disminuir el sufrimiento, pero sin alterar el curso de la
enfermedad y por lo tanto el curso de la muerte.
El concepto de distanasia, por el contrario, se refiere a la
prolongación innecesaria del sufrimiento de una persona con una enfermedad
terminal, mediante tratamientos o acciones que de alguna manera “calman” los
síntomas que tiene y tratan de manera parcial el problema, pero con el
inconveniente de estar prolongando la vida sin tomar en cuenta la calidad de
vida del enfermo.
Información recopilada el día 24 de febrero de 2015 en Tijuana, B.C., Sitio Web: http://www.innsz.mx/opencms/contenido/investigacion/comiteEtica/eutanasiaOrtotanasiaDistanasia.html
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